La Constitución de 1978 establece la protección de los consumidores y usuarios como principio básico, obligando a los poderes públicos asegurar a los ciudadanos sus derechos y libertades en el ámbito del consumo. Por ello, su artículo 51, ordena a dichos poderes que:
- Garanticen la defensa de los consumidores y usuarios.
- Protejan su seguridad, salud e intereses económicos.
- Promuevan la información y la educación de los consumidores y usuarios.
- Fomenten las organizaciones de consumidores y usuarios y las oigan en lo que puedan afectar a éstos.
En cumplimiento del mandato constitucional, se aprueba el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras Leyes complementarias (BOE núm. 287, de 30 de noviembre de 2007).
Dicha norma establece como derechos básicos de los consumidores y usuarios los siguientes:
- La protección contra los riesgos que puedan afectar su salud o seguridad.
- La protección de sus legítimos intereses económicos y sociales; en particular, frente a la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos.
- La indemnización de los daños y la reparación de los perjuicios sufridos.
- La información correcta sobre los diferentes bienes o servicios y la educación y divulgación para facilitar el conocimiento sobre su adecuado uso, consumo o disfrute.
- La audiencia en consulta, la participación en el procedimiento de elaboración de las disposiciones generales que les afectan directamente y la representación de sus intereses, a través de las asociaciones, agrupaciones, federaciones o confederaciones de consumidores y usuarios legalmente constituidas.
- La protección de sus derechos mediante procedimientos eficaces, en especial ante situaciones de inferioridad. La Junta de Andalucía, al objeto de dar fiel cumplimiento al mandato constitucional, asume competencias exclusivas, recogiéndolo en estos términos el vigente Estatuto de Autonomía, en materias de protección y defensa de los derechos de los consumidores, la regulación de los procedimientos de mediación, información y educación en el consumo y la aplicación de reclamaciones.
En desarrollo de dichas competencias el Parlamento de Andalucía aprueba la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía, estableciendo como derechos de los consumidores y usuarios andaluces los siguientes:
- La efectiva protección frente a las actuaciones que por acción u omisión ocasionen riesgos o daños que puedan afectar a la salud, al medio ambiente, o a la seguridad de los consumidores.
- La protección, reconocimiento y realización de sus legítimos intereses económicos y sociales.
- La indemnización y reparación efectiva de daños y perjuicios producidos en los bienes, derechos o intereses que esta Ley tutela, de conformidad con la legislación vigente.
- La constitución de organizaciones y asociaciones de consumidores a través de las cuales ejercerán:
- La participación en las actividades de las instituciones públicas andaluzas que directamente les afecten.
- La audiencia en consulta para la elaboración de las disposiciones de carácter general que puedan interesarles o afectarles.
- La representación de los derechos e intereses reconocidos y protegidos en esta Ley.
- La información veraz, suficiente, comprensible, inequívoca y racional sobre las operaciones y sobre los bienes y servicios susceptibles de uso y consumo, de acuerdo con la normativa vigente.
- La educación y formación en relación con todas las materias que puedan afectarles como consumidores.
- La especial protección en aquellas situaciones de interioridad, subordinación o indefensión en que puedan encontrarse individual o colectivamente.
La Administración Local, como poder público, ser la administración más cercana al ciudadano y consciente de la importancia de la política en materia de consumo, asume las competencias que legalmente le corresponden, poniendo en funcionamiento servicios de información, formación y educación en la materia al servicio de los consumidores, concretamente el Ayuntamiento de Jerez, a través de la Delegación de Medio Ambiente y Sostenibilidad, cuenta con un Departamento de Consumo compuesto por la Oficina Municipal de Información al Consumidor –OMIC-, la Inspección Municipal de Consumo y la Junta Arbitral Municipal de Consumo.
LEGISLACIÓN