Mercado I-DE-AS

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SI DESEAS REGISTRARTE

Puedes hacerlo a traves del Formulario adjuntando el archivo "Descripción del Proyecto u Oferta" debidamente cumplimentado, a traves del correo electronico descargando los documentos "Solicitud" y "Descripción del Proyecto u Oferta", o bien en soporte impreso en la Delegación de Participación Ciudadana, Solidaridad y Cooperación sita en C/ Sevilla , 15

FORMULARIO DE  SOLICITUD (adjunta el archivo "Descripción del Proyecto u Oferta")

1.-¿QUE ES EL MERCADO DE I-DE-AS Y PARA QUE SIRVE?

El Mercado de I-DE-AS es un registro público de actividades de interés para asociaciones y colectivos ciudadanos, que pueden presentarse bajo dos modalidades diferenciadas:

  • Ofertas de servicios especializados a cargo de empresas de servicios socioculturales, profesionales independientes, artistas o colectivos artísticos o artesanales, etc.
  • Información sobre proyectos ya experimentados por otras asociaciones o colectivos  susceptibles de ser calificados como buenas prácticas asociativas.

I-DE-AS ofrece también información para poder contactar con las personas y entidades titulares de las actividades registradas.

Con su creación, el Ayuntamiento de Jerez instituye  un nuevo servicio en favor de asociaciones y colectivos ciudadanos, con la finalidad de dar a conocer oportunidades y recursos de interés para orientar o complementar su propia programación.

Más allá de sus fines prácticos, I-DE-AS pretende también abrir nuevos causes de relación y colaboración mutua entre las personas, entidades y proyectos que conforman nuestro tejido asociativo, un modo de contribuir a fortalecerlo enriqueciendo su actividad y sus métodos.

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2.- ¿QUÉ TIPO DE ACTIVIDADES PUEDEN REGISTRARSE?

Pueden inscribirse proyectos referidos a las materias siguientes:

  • Actividades de animación sociocultural.
  • Actividades de educación y promoción de valores de ciudadanía (coeducación e igualdad de género, educación para la paz, la tolerancia y la solidaridad, educación ambiental, educación para la salud, fomento de actitudes participativas, etc.).
  • Actividades culturales, de ocio y tiempo libre en general.
  • Actividades para la información y comunicación con la ciudadanía.
  • Actividades de formación para la gestión y dirección de proyectos asociativos.
  • Otras posibles actividades de interés asociativo.

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3.- ¿QUIÉNES PUEDEN REGISTRAR ACTIVIDADES?

Las actividades pueden ser presentadas por cualquier persona física o jurídica, que se encuentren en condiciones de acreditar su formación y/o experiencia en relación a la naturaleza del proyecto.

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4.- ¿QUÉ REQUISITOS DEBEN CUMPLIR LAS ACTIVIDADES?

Con carácter general se recomienda tener en cuenta las consideraciones siguientes:

  • Los proyectos deben ser flexibles en cuanto a contenidos y duración, de forma que puedan adaptarse a las singularidades propias de las asociaciones y colectivos interesados en su aplicación.
  • Preferentemente, las actuaciones deben poder desarrollarse en periodos de hasta un máximo de tres meses. Cuando esté prevista su realización en forma de sesiones periódicas, la duración de cada sesión no debe exceder de un máximo de dos horas, al ritmo de uno o dos días por semana.
  • Las actividades deben ser poco exigentes en cuanto a la infraestructura material necesaria para su desarrollo, de tal forma que no requieran movilizar grandes recursos ni exijan su ubicación en espacios e instalaciones de grandes dimensiones.
  • Se recomiendan actuaciones de bajo o medio presupuesto, proporcionados a los recursos económicos razonablemente al alcance de asociaciones y colectivos sin ánimo de lucro.

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5.- ¿CÓMO REGISTRAR UNA ACTIVIDAD?

Para registrar una actividad, basta cumplimentar el modelo establecido para su descripción y entregarlo en soporte impreso o informático en las dependencias de la Delegación de Participación, Solidaridad y Cooperación (C/ Sevilla, 15).

El proyecto deberá acompañarse obligatoriamente del currículo de la persona o entidad responsable. Igualmente podrá presentarse documentación complementaria (fotos, gráficos de instalación, datos relativos a realizaciones anteriores de la actividad, etc.).

Cuando el proyecto sea presentado por una asociación sin fines lucrativos, deberá acompañarse de una declaración de compromiso de empleo a favor de la propia asociación del margen de beneficio económico que eventualmente puedan generar sus servicios, siempre que se ofrezcan como actividades remuneradas.

La documentación podrá presentarse indistintamente en soporte impreso o telemático, recurriendo en este caso bien a su envío por correo electrónico bien al formulario alojado en la página de la Delegación Municipal de Participación, Solidaridad y Cooperación en www.jerez.es.

El registro de actividades estará permanentemente abierto a la inscripción de nuevas ofertas.

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6.- ¿QUÉ TRATAMIENTO TENDRÁN LAS SOLICITUDES DE INSCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES?

La Delegación de Participación, Solidaridad y Cooperación instituirá un órgano de valoración integrado por técnicos municipales de diferentes áreas.

Este órgano dictaminará la idoneidad de la actividad, pudiendo considerar factores tales como su repercusión potencial en determinados colectivos sociales (infancia, juventud, mujer, mayores, población en general, etc.), el sector o sectores del movimiento asociativo cuyas actividades habituales se consideren que puedan verse complementadas con el proyecto y su grado de viabilidad técnica y económica.

Los proyectos que sean favorablemente dictaminados pasarán a integrar la Oferta de Actividades incluidas en el Programa I-DE-AS. Y las personas o entidades que hayan presentado el proyecto obtendrán la calificación de Titulares de Ofertas incluidas en dicho programa.

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7.- ¿QUÉ SERVICIOS OFRECEN LOS-AS TITULARES DE OFERTAS?

Tal como se indica en el primer apartado, las actividades registradas pueden ser indistintamente ofertas de servicios profesionales o especializados que realiza la persona o entidad titular, o bien como buenas prácticas de interés asociativo que simplemente se dan a conocer.

En el primer caso, se entiende que el-la titular manifiesta su disposición a monitorizar o realizar directamente la actividad, en las condiciones que libremente acuerde con la asociación interesada.

En el caso de las actividades que se registran como buenas prácticas asociativas, la entidad titular se limita a proporcionar información sobre las características de la actividad, pudiendo ofrecer o no colaboración en su realización por parte de otras asociaciones.

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8.- MODIFICACIONES EN LAS ACTIVIDADES

Las personas o entidades titulares de ofertas podrán introducir en cualquier momento y bajo su entera responsabilidad cuantas modificaciones consideren convenientes relativas a contenidos de las actividades, plazos de ejecución, condiciones materiales mínimas para su desarrollo, etc.

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9.- DIFUSIÓN DEL REGISTRO

La Delegación de Participación, Solidaridad y Cooperación mantendrá actualizada en su página dentro de www.jerez.es el registro completo de actividades ofertadas. Y editará una vez al año un catálogo en soporte impreso que será distribuido a todas las entidades inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones.

La publicación del registro en cualquier posible soporte se realizará con el máximo respeto a la descripción de las actividades y a las indicaciones que en su presentación hayan efectuado las personas o entidades titulares. El registro contendrá igualmente los datos básicos de contacto con la persona o entidad titular de la oferta.

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10.- REALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES

Las asociaciones interesadas en realizar o incorporar a su programación las actividades incluidas en el registro podrán contactar, directamente o a través de la Delegación de Participación, Solidaridad y Cooperación, con la persona o entidad titular y acordar la realización de las actividades en los términos que libremente determinen las dos partes, incluyendo las posibles modificaciones que entiendan conveniente introducir.

Asimismo, las asociaciones interesadas podrán solicitar ayudas y subvenciones para la realización de actividades incluidas en el registro, en las condiciones que fijen las bases de las respectivas convocatorias.

Eventualmente, el Ayuntamiento de Jerez tendrá en cuenta en la concesión de subvenciones a proyectos asociativos la incorporación de actividades incluidas en este registro como criterio de valoración preferente.

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