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Becas de formación y especialización sobre la Unión Europea y Acción Exterior

La Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior de la Junta de Andalucía convocará próximamente estas becas que se desarrollarán en la Secretaría General de Acción Exterior, en Sevilla y en la Delegación de la Junta de Andalucía en Bruselas.


 


La convocatoria de las becas se efectuará mediante un procedimiento de concesión reglada y en régimen de concurrencia competitiva entre las solicitudes presentadas dentro de una misma convocatoria. Pero ya te adelantamos los principales detalles para que vayas decidiendo si te interesará aplicar cuando publiquen la convocatoria.

Requisitos que deben reunir las personas beneficiarias.
Generales:
a) Poseer la nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea y tener la vecindad o haber nacido en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía. 
b) No haber recibido la sanción de separación del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas mediante expediente disciplinario.
c) No ser mayor de 35 años.
d) Los que se establezcan en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía vigente en el momento de la convocatoria

Titulación y formación específica:
a) Titulación universitaria oficial: Grado Oficial, Máster Oficial, Doctorado o Licenciatura, en su caso. Solamente serán válidos los títulos universitarios oficiales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 37 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y en el artículo 3 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.
b) En el caso de títulos extranjeros de educación superior, deberán estar homologados por la autoridad administrativa o educativa correspondiente, según su caso.
c) Formación específica: al objeto de la presente orden, la formación específica sobre materias relacionadas con la Unión Europea y Acción Exterior se acreditará mediante alguno de los siguientes supuestos:
i. Por un título universitario sobre materias relacionadas con la Unión Europea y/o Acción Exterior, que podrá coincidir con el alegado como requisito de titulación universitaria oficial a que hace referencia el párrafo anterior.
ii. Por la asistencia a cursos específicos de formación de una duración mínima de 40 horas, sobre materias relacionadas con la Unión Europea y/o Acción Exterior.
iii. Por periodos de prácticas de duración mínima de un mes, sobre materias relacionadas con la Unión Europea y/o Acción Exterior.
iv. Por asignaturas del programa académico sobre materias relacionadas con la Unión Europea y/o Acción Exterior, correspondientes al título universitario
declarado como requisito de titulación.
d) Idiomas: Para la Secretaría General de Acción Exterior, en Sevilla se requiere un idioma, inglés o francés, a partir del nivel B2, según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. Para la Delegación de la Junta de Andalucía en Bruselas: Dos idiomas, inglés y francés, a partir del nivel B2 según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

Todos los requisitos mínimos, así como los méritos alegados, deberán cumplirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Dotación:
1. Cada beca comprenderá una asignación mensual durante el periodo de ejecución y una única asignación para gastos de carácter extraordinario. Las becas comprenderán cualquier otro gasto preceptivo exigido por la normativa vigente.
2. A la asignación para gastos de carácter extraordinario se imputará:
1. Con carácter preceptivo:
• La suscripción por parte de la persona beneficiaria de una póliza de seguro de accidentes con cobertura en España y en el extranjero y que abarque el periodo de vigencia de la beca.
2. Con carácter facultativo:
• Gastos de viaje ocasionados por los desplazamientos de la persona becada entre su localidad de origen y el centro directivo donde haya sido adscrita, durante la vigencia de la beca y por un máximo de cuatro trayectos.
• Gastos de inscripción en cursos de formación que tengan relación con las materias objeto de la beca, incluidas las relacionadas con lenguas oficiales de la Unión Europea.
• Gastos de traslado, alojamiento y manutención, derivados de la asistencia a cursos y otras actividades formativas que tengan relación con las materias objeto de la beca, incluidas las relacionadas con lenguas oficiales de la Unión Europea.

El disfrute de las becas concedidas al amparo de esta orden es incompatible con el de cualquier otra beca o ayuda financiada con fondos públicos o privados, nacionales o internacionales, que impida o menoscabe el estricto cumplimiento de las obligaciones que, como persona beneficiaria, le corresponda conforme a lo que se establezca en la presente orden, así como con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria de la persona interesada de más de 20 horas semanales.

Las cuantías de las becas se determinarán en cada convocatoria según el centro de destino de las mismas.

Duración y prórrogas:

 Las becas tendrán una duración máxima de doce meses. No obstante, se podrán prorrogar por períodos de hasta seis meses, con un máximo de dos prórrogas.

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