¿Qué es una encomienda de gestión?
Según se preveía en el art. 15 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de competencia del Ayuntamiento de Jerez, podrá ser encomendada a otros órganos o entidades del mismo ayuntamiento o de otra administración pública, por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño.
La encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de la competencia.
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en su art. 11 regula las encomiendas de gestión véase ...