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Incentivos para el uso eficiente de la energía en Andalucía

«Programa 2. Sector empresarial y cadena agroalimentaria»


 

Objeto


Reforzar el desempeño energético y huella ambiental de los edificios, procesos o instalaciones de las empresas andaluzas, a través del aprovechamiento de los recursos naturales para la generación energética y de la mejora de la eficiencia energética.

Actuaciones incentivables


Mejora de la eficiencia energética, a través de los siguientes tipos de actuación:

1. Eficiencia energética en edificios.

2. Energías renovables en edificios.

3. Eficiencia energética en los procesos e instalaciones.

4. Energías renovables en los procesos e instalaciones.

Beneficiarios


a) Las personas jurídicas, personas físicas y agrupaciones de las figuras anteriores con personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, incluyendo las empresas de servicios energéticos (ESE).

b) Comunidades de energía renovables o comunidades ciudadanas de energía cuyos miembros realicen actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado.

c) Comunidades de propietarios, reguladas por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado.

Los beneficiarios deberán desarrollar las actividades económicas encuadradas en alguno de los códigos CNAE establecidos en la convocatoria y en las bases reguladoras, y deberán cumplir con los requisitos especificados en las mismas.

Cuantía de los incentivos


Los porcentajes máximos de incentivo y su cuantía mínima se establecen en el apartado 5 del cuadro resumen y en el catálogo de actuaciones del Anexo II de la Orden de 24 de abril de 2025, de la Consejería de Industria, Energía y Minas.

Presentación de Solicitudes


El plazo de presentación de solicitudes comenzará a las 9:00 horas del día 12 de noviembre de 2025, y permanecerá abierto hasta que se declare su conclusión por resolución de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía y, en su defecto, finalizará el 30 de septiembre de 2027.

Las solicitudes se presentarán cumplimentándose electrónicamente y presentándose en todo caso a través de la siguiente dirección electrónica:

SOLICITUD

Organismo responsable y texto legal


CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS

Resolución de 27 de octubre de 2025, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se realiza la convocatoria de los incentivos para el uso eficiente de la energía para el sector empresarial y cadena agroalimentaria en Andalucía.

Extracto de la Resolución de 27 de octubre de 2025, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se realiza la convocatoria de incentivos del «Programa 2. Sector empresarial y cadena agroalimentaria», acogidos a la Orden de 24 de abril de 2025, de la Consejería de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos para el uso eficiente de la energía en Andalucía.

Corrección de errores de la Orden de 24 de abril de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos para el uso eficiente de la energía en Andalucía (BOJA núm. 81, de 30 de abril de 2025).

Orden de 24 de abril de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos para el uso eficiente de la energía en Andalucía.

MÁS INFORMACIÓN

Asesoramiento técnico


Departamento de Trabajo Autónomo y Empresa

Ayuntamiento de Jerez

Avda. Alcalde Álvaro Domecq 5-7-9, 11407 Jerez

Tlf. 956 149 468 email: empresarial@aytojerez.es

EFICIENCIA ENERGÉNITA
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