PROGRAMA EMPLEA-T
Línea 3: Incentivo a la conversión de contratos indefinidos ordinarios de jornada parcial a jornada completa por parte de personas trabajadoras autónomas y pymes.
Objetivo
Incentivar la conversión de contratos indefinidos ordinarios a jornada parcial en contratos indefinidos ordinarios a jornada completa de las personas trabajadoras mayores de 30 años de edad.
• La jornada parcial inicial objeto del incremento subvencionado debe ser igual o inferior al 50% de la jornada laboral completa.
• La contratación indefinida ordinaria subvencionada deberá mantenerse durante un periodo mínimo de veinticuatro meses desde la fecha de la conversión de la jornada de trabajo.
• Será subvencionable aquella conversión del contrato indefinido ordinario a jornada parcial en jornada completa que se produzca en el período comprendido entre el día 1 de enero de 2026 hasta el 30 de junio de 2026.
Beneficiarios
a) Las personas trabajadoras autónomas y mutualistas de colegios profesionales que estén dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social (RETA) o en la mutualidad alternativa correspondiente de sus colegios profesionales.
b) Las pymes.
Las personas solicitantes de esta subvención deberán cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:
• Desarrollar su actividad económica o profesional en Andalucía.
• Las personas trabajadoras autónomas o mutualistas de colegios profesionales deben estar dadas de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en la mutualidad alternativa correspondiente.
• Cada contratación indefinida ordinaria incentivada deberá suponer un incremento neto en la plantilla fija de la persona solicitante en el periodo comprendido desde los tres meses anteriores y el día de inicio de la relación laboral incentivada.
Cuantía
a) 7.500 euros, por la conversión a contratación indefinida ordinaria a jornada completa.
b) 10.000 euros, cuando el contrato se formalice con una persona con discapacidad.
En ambos casos, dichas cuantías se verán incrementadas en 1.000 euros cuando la persona contratada sea mujer.
Presentación de Solicitudes
El plazo para la presentación de las solicitudes estará abierto hasta el 30 de junio de 2026.
Las solicitudes y, en su caso, la documentación anexa se presentarán en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía.
Organismo responsable
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Más información:
Asesoramiento técnico
Departamento de Trabajo Autónomo y Empresa
Ayuntamiento de Jerez
Avda. Alcalde Álvaro Domecq 5-7-9, 11407 Jerez
Tlf. 956 149 468 email: empresarial@aytojerez.es
