Nota de Prensa: Ayuntamiento de Jerez - Página oficial

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Deportes ofrece al CB Jerez realizar la jornada deportiva en distinta fecha



Desde la Delegación de Deportes se pone de manifiesto, en contestación al CB Jerez, que desde la aprobación de la Ordenanza de Instalaciones Deportivas nunca se ha puesto impedimento alguno a las entidades que desean organizar actividades deportivas en las mismas y, que desde que ha entrado en vigor todas las partes, Ayuntamiento y entidades, deben cumplirla para no acometer una ilegalidad. Asimismo, se recuerda que desde el Servicio de  Deportes correspondiente se le ha ofrecido al citado club otra fecha, distinta pero compatible con los plazos que establece la Ordenanza de Instalaciones Deportivas por lo que cumpliría con lo establecido en la norma como han hecho otras entidades  antes.

La Delegación de Deportes señala que, un ejemplo claro y fehaciente de que no se ponen trabas, es la realización de varias actividades de estas características, velando siempre por el cumplimiento de la normativa vigente, y por que la actividad garantice el objetivo y fin para la que fue solicitada. Desde hace algunas fechas, se vienen firmando convenios de colaboración entre el Ayuntamiento y la parte organizadora, lo que garantiza el éxito de la actividad. Por destacar algunas, Torneo de Fútbol Sala Ondas de Pasión, Torneo de Fútbol Sala Cristo del Amor, Jornada Deportiva Asociación Reyes Magos, Torneo Fútbol Sala Parroquia San Rafael y San Gabriel. Todos ellos cumplieron con los requisitos exigidos en la citada OID, incluidos los de plazos.

Por otro lado, dada la proliferación de este tipo de actos, por parte de Deportes, se viene atendiendo y estudiando toda y cada una de las solicitudes que se presentan, autorizando aquellas que vienen de la mano de la organización a la que se destinan los fines de la misma, como viene siendo por ejemplo Cáritas Diocesana, y que por otro lado, su desarrollo, en cuanto a ocupación y uso de la instalación, y objetivo no tengan mayor trascendencia que el fin propuesto para la actividad.

Cabe recordar que con fecha 23 de julio de este año, se publica la Ordenanza de Instalaciones Deportivas y en la misma se recogen todos los aspectos, requisitos, obligaciones y deberes por partes de los usuarios de las mismas. Posteriormente, y con fecha 25 de Julio se da traslado al Club Balonmano Jerez de la misma con el objetivo de ponerla en su conocimiento.

Por otra parte, el objeto social de las entidades deportivas, en general, no recoge en sus estatutos actividades de carácter benéfico, además este tipo de actividades según el art. 19.1 de la OID se encuadran dentro del uso ordinario singular para el ejercicio de disciplinas deportivas con carácter o trascendencia pública o social de una instalación deportiva municipal, estableciéndose para la presentación de la solicitud, un plazo mínimo de antelación de un mes respecto al inicio de la actividad.

La actividad que se vaya a realizar, sea o no deportiva, cuando tenga carácter benéfico o social, debe ser organizada por fundaciones o asociaciones sin ánimo de lucro, cuyo objeto fundacional esté relacionado con la solidaridad o la defensa de derechos civiles y concurran razones de interés público en su celebración.

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