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APROBACIÓN LOS LISTADOS PROVISIONALES DE CANDIDATOS Emple@45+ EN LAS OCUPACIONES; Delineante

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Jerez, en sesión celebrada el viernes 22 de mayo de 2020, ha adoptado el siguiente Acuerdo


 


 

Relativo  a la Iniciativa de Cooperación Local incluida en la Orden de 20 de julio de 2018, en el marco del Programa de Fomento del Empleo Industrial y Medidas de Inserción Laboral en Andalucía, y  financiada a través del Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2014-2020 Andalucía (POFSEA), en desarrollo del Decreto 192/2017, de 5 de diciembre, que subvenciona la contratación de personas desempleadas por parte de los Ayuntamientos: 

 

 

Selección provisional de los candidatos, mayores de 45 años y con preferencia para los de más de 55 años, para cubrir 5 puestos de Delineante (código de identificación de Oferta, 01-2020-9359), para trabajar en la obra "Proyecto integral de mejora y embellecimiento de espacios públicos - Programa de mejora de espacios públicos". 

 

Ocupación ofertada: Delineante.

Código de identificación de la Oferta: 01-2020-9359.  

Candidaturas propuestas1

1ª) COR ***2402**. 

2ª) ROM ***2235**. 

3ª) MED ***3608**. 

4ª) FER ***3147**. 

5ª) BAD ***5578**.  

Candidaturas suplentes: 

1ª) BER ***8072**. 

2ª) OTE ***5265**. 

3ª) GAR ***8544**.                                             

4ª) RAM ***9231**. 

5ª) NAV ***4604**. 

6ª) ARR ***4651**.  

 

Esta propuesta provisional de selección se elevará a definitiva transcurridos 5 días naturales desde su publicación, en caso de no haberse presentado reclamaciones a las mismas, haber sido éstas desestimadas o no afectar al resultado final del proceso. 

 

En Jerez de la Frontera, a 22 de mayo de 2020.

 

 

1 En cumplimiento de la normativa relativa a "Protección de Datos", la identificación de cada una de las personas que deban ser objeto de publicación o exposición pública en relación con resoluciones y/o acuerdos adoptados en el marco del presente expediente administrativo, se hará indicando tan solo las tres letras iniciales de sus primeros apellidos y aplicando el criterio más extendido de anonimización de sus respectivos NIF. 

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