Parejas de Hecho: Ayuntamiento de Jerez - Página oficial

Saltar al contenido principal

Parejas de Hecho

Registro de Parejas de Hecho

El Ayuntamiento de Jerez gestiona la instrucción y resolución de los procedimientos de inscripciones en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuando la solicitud sea presentada en esta administración local.

Definición

Se considera pareja de hecho la unión de dos personas con independencia de su opción sexual, a fin de convivir de forma estable en una relación de efectividad análoga a la conyugal.

Efectos:

1. La inscripción registral producirá ante las Administraciones Públicas de Andalucía la presunción de convivencia de los miembros de la pareja de hecho, salvo prueba en contrario.2. Los beneficios legales, serán aplicables a la pareja de hecho a partir de su inscripción en el Registro.3. Con la inscripción en el Registro, las parejas de hecho gozarán de todos los derechos que les confieren los ámbitos municipales y autonómicos dentro del territorio andaluz.

Requisitos:

  • Ser mayores de edad o menores emancipados.
  • No estar incapacitados judicialmente.
  • No estar ligados con vínculo matrimonial, ni formar pareja estable no casada con otra persona, ni ser pareja de hecho anteriormente inscrita en el Registro o en cualquiera de los Registros de Uniones o parejas de hecho creados por los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin que conste inscripción de baja por disolución de la pareja de hecho.
  • Tener residencia habitual y estar empadronado en el municipio de Jerez. En el supuesto de que no se encontrasen empadronados en el mismo domicilio común, deberán acreditar  la verdadera constitución de la Pareja de Hecho mediante cualquier medio de prueba válido en Derecho.
  • No ser parientes en línea recta por consanguinidad o adopción, ni colaterales por consanguinidad en segundo grado.

 

Tipos de inscripciones:

  • Básica: Se trata del alta de la pareja en el Registro de Parejas de Hecho. Ver cómo darse de alta
  • Marginales: Las modificaciones que sin disolver la pareja de hecho, afecten a la inscripción básica (variación de datos personales, trasladado de residencia habitual de cualquiera de los miembros de la pareja de hecho dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía). Ver cómo realizar modificaciones marginales.
  • Complementarias: Referidas a los pactos reguladores de las relaciones personales y patrimoniales aplicables a los miembros de la pareja de hecho, así como sus modificaciones. Ver cómo realizar modificaciones de pactos reguladores o patrimoniales
  • De baja: Las que tienen por objeto hacer constar la disolución de la pareja de hecho o el traslado de residencia habitual de cualquiera de los miembros de la pareja de hecho de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Ver cómo darse de baja.

Presentación:

La solicitudes de inscripción, modificación o baja se puede presentar en la oficina de la OAC, sito en C/ Consistorio de este Ayuntamiento.

Este servicio requiere de cita previa. Puede solicitarla en el teléfono 010 ó 956149370

Acceso al Registro:

• El acceso al Registro de Parejas de Hecho será voluntario y gratuito.• Unicamente podrán acceder a los datos obrantes en este Registro los miembros de la pareja de hecho, así como para solicitar la expedición de certificaciones, salvo que éstos autoricen a terceros para la obtención de una información determinada. Descargar modelo impreso

Incorporación de parejas inscritas en el Registro Municipal al Registro Autonómico

Las parejas actualmente inscritas en el Registro Municipal de Parejas de Hecho del Ayuntamiento de Jerez desde antes del 23 de mayo de 2005, tienen la posibilidad de que el Ayuntamiento gestione la integración de su unión en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Andalucía,  si reúnen los requisitos exigidos legalmente (Ley 5/2002, de 16 de diciembre de Parejas de Hecho).

La  inscripción de la pareja en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Andalucía, supone una ampliación de los derechos que tienen los inscritos en el Registro Municipal de Parejas del Ayuntamiento de Jerez, ya que se equipararían a los que tienen los matrimonios entre otras en las siguientes materias:

  • Normativa andaluza en Derecho Público.
  • Centros residenciales para personas mayores.
  • Rehabilitación de drogodependencias.
  • Información e intervención sanitaria.
  • Vivienda pública.
  • Normativa autonómica fiscal y tributaria.
  • Función pública.
  • En las materias no reguladas expresamente en la Ley 5/2002, de 16 de diciembre, las parejas de hecho quedarán equiparadas al matrimonio en las relaciones jurídicas que puedan establecer con las diversas Administraciones Públicas de Andalucía en su propio ámbito de competencias, con las únicas limitaciones que puedan resultar impuestas por la aplicación de la normativa estatal.

Si desean que este Ayuntamiento gestione la integración de su pareja en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Andalucía, pueden cumplimentar la solicitud

Para dicha gestión será necesario que aporten además los siguientes documentos de cada uno de los miembros de la pareja:

  1. Fotocopia de sus documentos de identificación personal en vigor (D.N.I./Pasaporte/Tarjeta de residencia)
  2. Certificación del padrón municipal (Este documento lo expide el Ayuntamiento con su autorización correspondiente)
  3. Certificación de estado civil (Certificado de Fe de Vida y Estado). Este documento lo expiden los Registros Civiles.

Para el caso de ciudadanos/as de nacionalidad extranjera deben obtener este documento, en el Registro Civil u organismo análogo competente en la acreditación del estado civil del país de nacionalidad de procedencia, debidamente legalizado y traducido por traductores jurados oficiales.

Además, en caso de divorcio o viudedad de alguno de los miembros de la pareja, deberán aportar la siguiente documentación:

a) Para el caso de divorciados/as: Certificación de matrimonio con inscripción marginal del divorcio o nulidad.

b) Para el caso de viudos/as: Certificación de matrimonio y Certificación de defunción del cónyuge fallecido

4. Certificación de nacimiento

5. Además, para las personas de nacionalidad extranjera: Declaración jurada de su estado civil actual (Esta declaración podrán realizarla en el Ayuntamiento)

Si desean obtener más información sobre este tema, pueden personarse en la Oficina de Atención a la Ciudadanía (C/ Consistorio), de lunes a viernes, en horario de 8.30 a 13.00 contactar con los teléfonos 956-149300, 956-149761 ó 956-149349, o enviar un correo electrónico a oac@aytojerez.es.

Las parejas actualmente inscritas en el Registro Municipal de Parejas de Hecho del Ayuntamiento de Jerez a partir del 23 de mayo de 2005, pueden solicitar la integración de su unión en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Andalucía,  si reúnen los requisitos exigidos legalmente (Ley 5/2002, de 16 de diciembre de Parejas de Hecho).

La  inscripción de la pareja en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Andalucía, supone una ampliación de los derechos que tienen los inscritos en el Registro Municipal de Parejas del Ayuntamiento de Jerez, ya que se equipararían a los que tienen los matrimonios entre otras en las siguientes materias:

  • Normativa andaluza en Derecho Público.
  • Centros residenciales para personas mayores.
  • Rehabilitación de drogodependencias.
  • Información e intervención sanitaria.
  • Vivienda pública.
  • Normativa autonómica fiscal y tributaria.
  • Función pública.
  • En las materias no reguladas expresamente en la Ley 5/2002, de 16 de diciembre, las parejas de hecho quedarán equiparadas al matrimonio en las relaciones jurídicas que puedan establecer con las diversas Administraciones Públicas de Andalucía en su propio ámbito de competencias, con las únicas limitaciones que puedan resultar impuestas por la aplicación de la normativa estatal.

Si desean que su pareja se inscriba en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Andalucía, deben iniciar el procedimiento de inscripción, añadiendo, a la documentación que se le solicita, el certificado de su inscripción en el Registro Municipal de Parejas de Hecho.

Quienes no deseen que su pareja se integre el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Andalucía, ya no forman pareja, han contraído matrimonio o cualquier otra circunstancia relacionada con este tema que pueda repercutir en su inscripción en dicho Registro municipal, deben comunicarlo al Ayuntamiento de Jerez, personándose para ello en alguna de las oficinas municipales indicadas anteriormente, o bien presentando escrito en alguna de nuestras oficinas de registro aportando sus DNI/Pasaporte/Tarjeta de residencia, o bien a través de nuestra sede electrónica https://www.sedeelectronica.jerez.es accediendo con su certificado digital o DNI electrónico.

top