El Ayuntamiento inicia los cambios de programación de semáforos en varios cruces de la ciudad para ajustarse al nuevo Reglamento General de Circulación
Las modificaciones, que han comenzado en la confluencia de Duque de Abrantes con calle Cádiz, evitarán que coincida la luz ámbar intermitente para vehículos con la verde para peatones
El Ayuntamiento de Jerez, a través de la Delegación de Movilidad, adscrita a la Tenencia de Alcaldía de Servicios Públicos, que dirige Jaime Espinar, ha iniciado cambios de programación de semáforos en varios cruces de la ciudad. El objetivo es dar cumplimiento a lo estipulado en el Real Decreto 518/2026 por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, concretamente el artículo 158, que se refiere a que “como norma general, en los pasos para peatones con semáforo reservado para peatones, la luz amarilla intermitente para vehículos no podrá coincidir con la luz verde no intermitente para peatones y deberá ir precedida de la luz roja no intermitente”.
El Reglamento General de Circulación viene a reforzar la protección de usuarios vulnerables, e introduce por primera vez su definición: peatones, especialmente menores, mayores y personas con discapacidad, ciclistas, motoristas y usuarios de VMP.
Con el fin de cumplir esta nueva normativa en el menor plazo de tiempo posible, desde la Delegación de Movilidad se ha puesto en marcha un calendario de actuaciones que ha comenzado en la confluencia de la avenida Duque de Abrantes con calle Cádiz. Otros nudos semafóricos que serán modificados a continuación serán los de avenida Duque de Abrantes y calle Pizarro; Pizarro y avenida Marianistas; avenida del Mosto y calle Soleá; avenida del Mosto y avenida del Amontillado y avenida del Amontillado y avenida de San Juan Bosco.
Hay que señalar también que existe una instrucción técnica publicada por el Ministerio, aclarando el artículo 158 y permitiendo excepciones en algunas intersecciones debidamente justificadas mediante un informe riguroso, elaborado por el Ayuntamiento, que avale los beneficios que para la circulación y la seguridad vial proporcione la excepción de la norma general.
