Nota de Prensa: Ayuntamiento de Jerez - Página oficial

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El Ayuntamiento publica el Bando municipal de Zambombas que incluye como novedad un Concurso que premiará el respeto a la autenticidad de este arte

El Gobierno ha anunciado su intención de descentralizar la Zambomba y llevarla a los barrios y de reforzar la limpieza y la seguridad con más medios materiales y humanos



Archivo. Celebración de la zambomba BIC
 

El Ayuntamiento de Jerez ha publicado el Bando que regula la concesión de autorizaciones municipales para la celebración de Zambombas, estableciéndose como periodo concreto para su desarrollo desde el viernes, 21 de noviembre al 25 de diciembre, ambos inclusive, y que incluye entre sus novedades la organización de un Concurso de Zambombas.

Para la edición de este año, el Gobierno local ya ha avanzado su intención de reforzar algunos servicios esenciales como son la limpieza y la seguridad, así como llevar la Zambomba a los barrios para descongestionar la zona centro y favorecer el disfrute de esta fiesta en otras zonas de Jerez, además de potenciar la Plaza de Belén como uno de los epicentros de esta celebración, dentro de la apuesta del Gobierno Municipal por potenciarlo, como quedó demostrado con la pasada Fiesta de la Bulería.

El teniente de alcaldesa de Servicios Públicos, Jaime Espinar, ha avanzado que se pretende organizar para este periodo un sistema de limpieza ininterrumpido en la zona centro, en el que la maquinaria tendrá un funcionamiento continuo durante la noche, (y no a partir de una hora concreta de la madrugada), y que contará con el apoyo de Policía Local para su desarrollo. Asimismo, se prevé también la creación de islas de contenedores de residuos que estarán serigrafiados para mejorar su estética sin perder su funcionalidad, y el incremento de módulos de baños públicos.

En materia de seguridad, el teniente de alcaldesa, Ignacio Martínez, ha avanzado que este año, como novedad, se contará con la Unidad de Drones, además de la incorporación de los nuevos policías de movilidad y de nuevos voluntarios de Protección Civil, así como del uso de nuevas cámaras de tráfico y seguridad desplegadas en la zona centro.

En cuanto al Concurso de Zambombas, y según se recoge en el Bando, la Delegación Municipal de Cultura aprobará las correspondientes bases reguladoras en las que se establecerán criterios de valoración orientados a garantizar el respeto a las formas tradicionales, la autenticidad de la celebración, la adecuada ambientación navideña, así como la contribución a la expansión y arraigo de esta tradición en los distintos barrios de la ciudad.

Contenido del Bando

Respecto al contenido del Bando en sí, como cada año se recuerda que la Zambomba jerezana constituye “una manifestación cultural excepcional”, consolidada ya como “una de las celebraciones navideñas más genuinas de Andalucía, e inscrita en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural”. Aunque tradicionalmente estuvo vinculada a espacios residenciales concretos, como patios de vecinos, el Bando subraya que con los años ha ido evolucionando y adquiriendo una gran popularidad, aperturándose al resto de la sociedad y convirtiéndose en agente dinamizador de la economía local.

Así pues, y como cada año, el presente Bando tiene como “objeto velar y garantizar una celebración en condiciones adecuadas, de respeto a los valores propios y de tradición popular, y hacer compatible el descanso de los vecinos con el disfrute tanto de los propios jerezanos/as como de los visitantes”.

Zambombas no sujetas a autorización municipal

Dentro de este capítulo de zambombas que no requerirán de autorización municipal se distinguen tras categorías; por un lado, las que se celebran en el ámbito familiar o de forma privada. Dentro de este grupo, se incluyen  “las zambombas que se celebren en centros de barrio que tengan como objetivo el impulso de actividades sociales y culturales, y siempre que éstas formen parte del programa de actividades aprobado por la Delegación Municipal de Participación Ciudadana. Como es lógico, estos recintos deberán reunir las condiciones de seguridad exigidas y respetar los límites de producción de ruidos, conforme con la Ordenanza contra la Contaminación Acústica.

En segundo lugar, tampoco necesitarán autorización municipal las zambombas previstas en establecimientos de ocio y esparcimiento, como discotecas, discotecas de juventud, salones de celebraciones, así como en establecimientos de espectáculos públicos como teatros y auditorios, siempre que cuenten con licencia o declaración responsable.

Y en tercer lugar, no requerirán autorización las zambombas populares organizadas en establecimientos de hostelería que cuenten con licencia o declaración responsable de apertura, entendidas no como un espectáculo, sino como una celebración de carácter sociocultural y participativo.

Asimismo, el Bando especifica que las terrazas de veladores podrán acoger igualmente zambombas populares como complemento de la actividad habitual del establecimiento en cuestión, “siempre que disponga de licencia municipal y se respete el ámbito espacial autorizado en la misma”.

Zambombas sujetas a autorización municipal

En cuanto a las que sí precisan de autorización del Ayuntamiento, el Bando distingue cuatro categorías; en primer lugar figuran las zambombas que incluyan ‘actuaciones artísticas’ y se celebren en establecimientos distintos a los de ocio y esparcimiento y en los que tengan permitidas la celebraciones de actuaciones en directo. Tal y como reza el Bando, “en estos casos estamos ante una actividad concebida como un espectáculo público o actividad recreativa. Asimismo, se someterán al mismo régimen las celebraciones de este tipo que se prevean en las terrazas de veladores, ya sean en espacios públicos como privados.

En segundo lugar, están sujetas a autorización municipal las zambombas que se celebren en los establecimientos utilizados por entidades sociales, culturales, deportivas, religiosas o similares sin ánimo de lucro, como pueden ser casas de hermandad, sedes de peñas flamencas, locales de asociaciones de vecinos o deportivas etc., salvo que tengan carácter privado.

También requerirán de autorización las Zambombas que se celebren en otros establecimientos utilizados por entidades distintas a las del apartado anterior (empresas y similares), salvo que tengan carácter privado.  Y en cuarto y último lugar, las zambombas que se organicen en vías o espacios públicos deberán solicitar autorización expresa de ocupación del dominio público.

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