Nota de Prensa: Ayuntamiento de Jerez - Página oficial

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El Ayuntamiento recuerda en un Bando de Alcaldía la normativa de pirotecnia con motivo de las fiestas navideñas



El Ayuntamiento, a través de un Bando firmado por la alcaldesa, María José García-Pelayo, recuerda a la ciudadanía la normativa vigente establecida en materia de explosivos dada la proximidad de las fechas navideñas. Este documento se hace público “para conocimiento de todos en general y especialmente para quioscos, puestos callejeros y establecimientos comerciales”.

Según recoge el bando, la alcaldesa “en uso de la atribuciones que me confieren la Ley 7/1985 y el RDL /781/86, se dicta el presente para recordar a la población la obligación de cumplir con las normas establecidas en materia de explosivos y más concretamente, de la venta, suministro y uso de material pirotécnico, que se deberá de ajustar, en todo caso” a determinadas normas.

Esta normativa establece lo siguiente:

“Está absolutamente prohibida la venta y el suministro de productos pirotécnicos en todos aquellos establecimientos que no cuenten con las preceptivas licencias gubernativa y municipal.

“Está igualmente prohibida la venta de productos pirotécnicos a todas aquellas personas que pudieran estar bajo los efectos de bebidas alcohólicas o sustancias estupefacientes.

El bando informa de que “en todo caso, para la adquisición de los productos descritos se habrá de contar con las siguientes edades mínimas:

• A PARTIR DE 12 AÑOS: Se podrá vender a mayores de 12 años artificios de pirotecnia de muy baja peligrosidad y nivel de ruido insignificante destinados a ser usados en zonas delimitadas, incluidos los artificios de pirotecnia destinados a ser utilizados dentro de edificios residenciales.

• A PARTIR DE 16 AÑOS: Se podrá vender a mayores de 16 años artificios de pirotecnia de baja peligrosidad y bajo nivel de ruido destinados a ser utilizados al aire libre en zonas delimitadas.

• A PARTIR DE 18 AÑOS: El uso de artificios de pirotécnica de peligrosidad media destinados a ser utilizados al aire libre en zonas de gran superficie y cuyo nivel de ruido no sea perjudicial para la salud humana, queda limitado a mayores de 18 años.”

El bando informa de que “la manipulación o disparo de cohetes, petardos y en general fuegos artificiales está prohibida salvo que se cuente con autorización municipal expresa. En todo caso se deberán tomar las precauciones debidas para evitar accidentes y molestias a las personas en vías y espacios públicos dentro del término municipal”.

A través de este bando se hace saber que se ha dado “instrucciones para que la Policía Local, en colaboración con el resto de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, vele por el estricto cumplimiento de este bando y denuncie todas aquellas infracciones que sean cometidas en aplicación de la legislación vigente al respecto. Sin perjuicio de la responsabilidad que se contraiga por las infracciones o por el incumplimiento de la normativa señalada, la infracción de esta normativa comportará la incoación del oportuno expediente sancionador y la incautación del material pirotécnico, incluyendo aquellas partidas encontradas en establecimientos o puntos de ventas no autorizados”.

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