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El Pleno aprueba definitivamente la modificación del PGOU que regulará las viviendas de uso turístico (VUT) como actividad económica

En edificios plurifamiliares ya sólo se admitirá este uso en las viviendas situadas en planta baja para favorecer la convivencia de los dos usos



El Pleno aprueba la modificación del PGOU para viviendas de uso turístico
 

El Pleno ha aprobado de manera definitiva la modificación del PGOU de Jerez que tiene por objeto la regulación del uso hospedaje y su adecuación a la normativa autonómica en materia de turismo, incorporando en el mismo a las Viviendas de Uso Turístico (VUT) que no estaba regulada en el planeamiento. Esta modificación puntual, que ha contado con los votos favorables de todos los grupos, a excepción de Vox, que se ha abstenido, también afectará a los apartamentos turísticos clasificados en la modalidad ‘conjuntos’ en los que se plantean situaciones similares a las que provocan las VUT.

La delegada de Urbanismo y Vivienda, Belén de la Cuadra, ha explicado que, como consecuencia de esta aprobación definitiva, se ha acordado también la suspensión del otorgamiento de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas, que se hará efectiva una vez se proceda a la publicación de la presente modificación puntual del PGOU. Esta suspensión, tenía una duración de tres años, si bien, sólo ha durado cinco meses debido a que el expediente se ha tramitado con la máxima agilidad posible.

La responsable municipal ha explicado que hasta ahora, en el municipio de Jerez no se había considerado que la existencia de una vivienda destinada a fines turísticos implicase un cambio del uso residencial privado propio de los inmuebles, ni tampoco que se ejerciese una actividad comercial o económica en los mismos. “Una vivienda destinada a un fin turístico era, desde el punto de vista del cumplimiento de la normativa urbanística, una vivienda, y por tanto, estaba excluida del deber de obtener licencia o de presentar declaración responsable que autorizase ese uso particular”.

Así pues, con la modificación del PGOU que ahora se aprueba, lo primero que se pretende es dejar claro en qué uso urbanístico se encuadran las viviendas destinadas a alojamiento turístico, así como fijar las condiciones de compatibilidad con el uso residencial. De este modo, “las VUT responden a las necesidades y fines propios de una actividad económica, y de ahí que se proponga, como gran novedad, su regulación dentro del uso terciario, y pormenorizadamente, un uso de hospedaje”, en palabras de Belén de la Cuadra.

Asimismo, el siguiente paso de la modificación del PGOU ha sido establecer cuáles son los requisitos técnicos y condiciones de orden urbanístico que deben cumplir los inmuebles que, diseñados originalmente para viviendas habituales, comparten espacio con viviendas destinadas a un uso turístico. De esta forma, y de acuerdo con la nueva normativa urbanística, las VUT deberán cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:

  • Al tratarse de viviendas que alteran su uso,  deberán tener la consideración de vivienda conforme a lo dispuesto en las normas del PGOU y, en consecuencia, la superficie mínima exigida para el destino a VUT es superior a la prevista en la normativa autonómica.
  • Se aclara, además, que al ser necesariamente viviendas, solo podrán admitirse en edificios que permitan un uso residencial.
  • Al ser consideradas como una actividad económica,  y teniendo en cuenta la necesidad de equilibrar la convivencia entre residentes y turistas, se propone que, en edificios plurifamiliares, este uso sólo se admita en viviendas situadas en planta baja para favorecer la convivencia de los dos usos.
  • En relación al cumplimiento de la normativa de accesibilidad, se exigirán las mismas condiciones que las reguladas para establecimientos destinados a uso de hospedaje.

Declaración responsable

Por otro lado, Belén de la Cuadra ha explicado que para la utilización de una vivienda de uso turístico será necesaria la legalización del cambio de uso a hospedaje; para ello, deberán presentar el modelo normalizado de ‘Declaración responsable’ para viviendas de uso turístico, que podrá localizarse en la web de Urbanismo y en la sede electrónica.

Es decir, “que la autorización municipal se tramitará por el procedimiento de declaración responsable, por lo que no requiere de autorización expresa, quedando sujetas a control posterior”, tal y como ha puntualizado la responsable municipal; igualmente, ha aclarado que este procedimiento municipal es independiente del que se debe seguir para el inicio de la actividad como vivienda de uso turístico ante la Junta de Andalucía, y que requiere de su inscripción en el Registro de establecimientos y servicios turísticos.

Tramitación de la modificación puntual

Belén de la Cuadra ha explicado que, tras aprobarse en el Pleno celebrado el pasado día 27 de junio de 2025, con carácter inicial, la presente modificación del PGOU se sometió al periodo de información pública; finalizado el mismo, se presentaron tres escritos de alegaciones que, como resultado de los informes emitidos, fueron estimados parcialmente en cuestiones relacionadas con la precisión y aclaración de algunos términos y conceptos que aparecen en el documento. Asimismo, siguiendo las consideraciones del Informe, de fecha 31 de octubre de 2025, remitido por la Delegación Territorial de Turismo en Cádiz, de la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior, se han incorporado en el acuerdo definitivo algunas modificaciones no sustanciales referidas a los apartamentos turísticos.

Como reflexión final, la delegada de Vivienda y Urbanismo ha subrayado que el fenómeno de las viviendas destinadas a un uso turístico ha generado situaciones no deseadas como consecuencia, en gran medida, de la falta de una regulación concreta. Definir el marco legal al que se debe ajustar esta modalidad de alojamiento resulta hoy absolutamente necesario y eso es precisamente lo que hace hoy este Gobierno aprobando la modificación del PGOU, que ha sido el resultado de un proceso muy transparente en el que las decisiones se han tomado a nivel técnico y social, contando con la  participación de los grupos políticos a través del Consejo Social de la Ciudad”.

Por último, y en relación a los siguientes pasos, Belén de la Cuadra ha avanzado que “se redactará una Ordenanza de Zonificación al objeto de regular “la distribución de este tipo de viviendas en distintas zonas de Jerez”

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