La alcaldesa presenta a la zona rural el dispositivo de información y asesoramiento para la solicitud de ayudas a las personas afectadas por el temporal
Tres equipos de personal técnico municipal recorrerán los núcleos de población para asesorar a la ciudadanía afectada por daños en sus viviendas y establecimientos
La alcaldesa de Jerez, María José García-Pelayo, acompañada por miembros del Gobierno municipal, ha presidido este martes una reunión en el Ayuntamiento con los representantes de las ELA, barriadas rurales y la pedanía de Cuartillos, para presentar el dispositivo de información y asesoramiento sobre ayudas por catástrofes o situaciones de emergencia, una vez que Jerez ha sido incluida dentro de las zonas afectadas por una emergencia de protección civil, por acuerdo del Consejo de Ministros del pasado martes, 10 de febrero.
La alcaldesa ha dado las gracias a todos los representantes de los núcleos de población de la zona rural de Jerez por su unidad para afrontar la borrasca y los hechos que se han derivado. Ha explicado que el Gobierno municipal ha actuado con responsabilidad frente al tren de borrascas y la crecida del río Guadalete, movido por la necesidad de anticiparse a lo que pudiera sobrevenir a consecuencia de los fenómenos meteorológicos adversos, por lo que “no puede reprocharse que no se hayan puesto los medios necesarios para sobrellevar la situación”. Ha añadido que en este momento, el Ayuntamiento está inmerso en las labores de limpieza y de apoyo a las familias damnificadas, una vez que están autorizadas a regresar a sus domicilios.
Se ha referido igualmente a que, paralelamente, el Ayuntamiento, a través de la primera Tenencia de Alcaldía que dirige Agustín Muñoz, se ha encargado de los preparativos del dispositivo de información y asesoramiento sobre ayudas por catástrofes o situaciones de emergencia. En este sentido, ha avanzado que desde el Ayuntamiento se va difundir información sobre cómo se articula el sistema de ayudas y qué tipos de ayudas se pueden conceder, en cada caso.
Ha explicado que, “se han conformado unos equipos integrados por personal técnico de distintas delegaciones municipales, que ya han mantenido reuniones de coordinación los pasados días 9, 10 y 16 de febrero para abordar cuestiones relativas al procedimiento de actuación que se va a seguir para cumplir los objetivos marcados”. Entre estas áreas municipales se encuentran los servicios de Inclusión Social, Participación Ciudadana, Empleo, Urbanismo, Medio Rural, Atención a la Ciudadanía (OAC Central) e Informática coordinados por Presidencia.
En estos encuentros preparatorios se ha puesto en común el protocolo de actuación que se va a seguir para asesorar a las personas que se encuentran en esta situación y que necesiten tramitar estas ayudas por la Subdelegación del Gobierno de España.
La normativa de referencia para acogerse a estas ayudas es el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, y se establece el procedimiento para su concesión (BOE núm. 67, de 19 de marzo). Para facilitar la comprensión de esta normativa, se ha elaborado un díptico en el que se resume toda la información necesaria para solicitar estas ayudas.
Por su parte, el primer teniente de alcaldesa, Agustín Muñoz, ha dejado claro que en este proceso, "el Ayuntamiento de Jerez colabora en el asesoramiento de las ayudas, pero no será quien las conceda o deniegue, puesto que no es la administración competente".
Procedimiento de actuación
La labor de este equipo de trabajo se desarrollará en dos fases: en una primera, se pondrá en marcha un dispositivo itinerante de primera atención que tendrá como principal objetivo informar y asesorar sobre estas ayudas a la ciudadanía afectada por daños en sus viviendas y establecimientos industriales, mercantiles y de servicios.
Para optimizar la recogida de datos, se confeccionará una ficha específica de cada una de las personas afectadas, a las que se les trasladará toda la información correspondiente. “De esta forma, conseguimos evaluar la tipología de daños y el número aproximado de personas a las que tendremos que ayudar para la tramitación de solicitudes”, ha explicado el teniente de alcaldesa. La ficha de recogida de datos será habilitada en la web municipal, al igual que se hizo con la DANA.
Ya la segunda fase se centrará en informar, asesorar y acompañar en la solicitud de las ayudas, tanto a unidades familiares que deseen paliar daños materiales en viviendas y enseres, como a establecimientos industriales, mercantiles y de servicios. Estas labores serán gestionadas por parte del Servicio de Inclusión Social, en coordinación con Urbanismo, en el primer caso; y por la Delegación de Empleo, en el segundo.
Equipos técnicos de asesoramiento
La ronda informativa sobre las ayudas continuará mañana por la tarde con una sesión dirigida a todas las personas interesadas. En este encuentro se ofrecerá información en términos generales y se entregarán los folletos que se han publicado con este fin. Posteriormente, serán los equipos técnicos itinerantes que asesorarán a las familias damnificadas en las distintas barriadas rurales. La teniente de alcaldesa de Medio Rural, Susana Sánchez, ha explicado que estos grupos asesores recorrerán las zonas afectadas desde el próximo jueves día 19 hasta el martes 24 de febrero (en principio), priorizando las zonas más dañadas por los fenómenos catastróficos, con el fin de ofrecer información a los vecinos y vecinas de las distintas zonas. De este modo, el jueves y viernes, entre las 9.30 y las 14 horas, uno de los tres equipos se encontrará en el centro de barrio de La Ina, otro en La Corta y el tercero en la zona de la azucarera de El Portal. El lunes y martes, en el mismo horario habrá un equipo en Lomopardo, otro en Las Pachecas y el tercero se dirigirá a El Portal o a cualquier otra zona que demande información.
Tipos de ayudas
Ayudas a unidades familiares o de convivencia económica para paliar daños materiales en viviendas y enseres.
- En caso de destrucción total de la vivienda habitual, siempre que uno de los miembros de la unidad familiar o de convivencia que residieran en aquélla sea propietario o usufructuario de la misma.
- Por daños que afecten a la estructura de la vivienda habitual, con idénticas condiciones a las exigidas en el párrafo anterior.
- Por daños menos graves que no afecten a la estructura de la vivienda habitual, siempre que uno de los miembros de la unidad familiar o de convivencia residente en aquélla estuviera obligado legalmente, en virtud de su título jurídico de posesión sobre dicha vivienda, a asumir el coste económico de los daños producidos.
- Por destrucción o daños de los enseres domésticos de primera necesidad que hayan sido afectados en la vivienda habitual por los hechos causantes. A estos efectos, únicamente se consideran como enseres domésticos de primera necesidad los muebles y elementos del equipamiento doméstico básico para cubrir las necesidades esenciales de habitabilidad de la vivienda.
Ayudas a Comunidades de Propietarios.
- Las Comunidades de Propietarios en régimen de propiedad horizontal, titulares de un inmueble que haya sufrido daños en los elementos comunes de uso general.
- Por daños que, impidiendo el normal desarrollo de las actividades domésticas ordinarias con unas mínimas condiciones de habitabilidad, afecten a elementos comunes de uso general pertenecientes a una Comunidad de Propietarios en régimen de propiedad horizontal.
Ayudas a establecimientos industriales, mercantiles y de servicios.
- Podrán ser beneficiarios las personas físicas o jurídicas titulares de los establecimientos industriales, comerciales y de servicios, debidamente registrados a efectos fiscales, en funcionamiento, y con un número de empleados igual o inferior a cincuenta, que hayan sufrido daños de cualquier naturaleza en las edificaciones, instalaciones o bienes de equipamiento afectos a la actividad empresarial.
Las ayudas se destinarán a la reconstrucción de los edificios y de las instalaciones industriales, comerciales y de servicios que hayan sufrido daños, a la reposición de su utillaje, del mobiliario y de otros elementos esenciales, así como las existencias y productos propios de la actividad empresarial.
