Autorización en materia de Patrimonio Histórico: Ayuntamiento de Jerez - Página oficial

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En cumplimiento con lo señalado en el artículo 33 de la Ley 14/2014, de 26 de noviembre de Patrimonio histórico de Andalucía, "(…) Será necesario obtener autorización de la Consejería competente en materia de patrimonio histórico, con carácter previo a las restantes licencias o autorizaciones que fueran pertinentes, para realizar cualquier cambio o modificación que los particulares u otras Administraciones Públicas deseen llevar a cabo en inmuebles objeto de inscripción como Bien de Interés Cultural o su entorno, tanto se trate de obras de todo tipo, incluyendo remociones de terreno, como de cambios de uso o de modificaciones en los bienes muebles, en la pintura, en las instalaciones o accesorios recogidos en la inscripción. Será preceptiva la misma autorización para colocar cualquier clase de rótulo, señal o símbolo en fachadas o en cubiertas de Monumentos, en los Jardines Históricos y en sus respectivos entornos (…)".

El casco antiguo de Jerez de la Frontera está declarado Bien de Interés Cultural (BIC), con la tipología jurídica de Conjunto Histórico por Real Decreto 1390/1982, de 17 de abril, siendo este ámbito coincidente con el actual señalado en el planeamiento vigente como zona de ordenanzas A "Conjunto Histórico – Artístico".

En cumplimiento con las determinaciones establecidas en la Ley 14/2014, de 26 de noviembre de Patrimonio histórico de Andalucía, se solicita y se concede la delegación de competencias, siendo éstas las establecidas en la Orden de 16 de febrero de 2015, por la que se delega al Ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz) la competencia para autorizar obras y actuaciones que desarrollen la revisión adaptación del Plan General de Ordenación Urbanística en el ámbito del Conjunto Histórico de Jerez de la Frontera (Cádiz) y la Orden de 19 de octubre de 2017, por la que se delega al Ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz) la competencia para autorizar obras y actuaciones que desarrollen la revisión adaptación del Plan General de Ordenación Urbanística en el ámbito de los entornos de los Bienes de Interés Cultural del Conjunto Histórico de Jerez de la Frontera (Cádiz).

Por todo lo expuesto anteriormente, para llevar a cabo cualquier obra, actuación o cambio de uso dentro del ámbito del Conjunto Histórico se DEBERÁ OBTENER PREVIO a la concesión de la licencia urbanística o a la presentación de la declaración responsable de obras, la correspondiente AUTORIZACIÓN EN MATERIA DE PATRIMONIO HISTÓRICO en el ámbito de sus competencias delegadas.

Asimismo, la Comisión Local de Patrimonio Histórico podrá INFORMAR sobre la VIABILIDAD de posibles actuaciones que se quieran llevar a cabo, SIN PERJUICIO de la posterior solicitud y obtención de la correspondiente Autorización en materia de Patrimonio Histórico.

En el apartado de TRÁMITES, se especifica toda la documentación necesaria a aportar para cualquier solicitud.

Documentación relacionada:

 

Legislación Estatal:

 

Legislación Autonómica:

 

Legislación Municipal:

Componentes de la Comisión Local de Patrimonio Histórico:

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