Ocupación o Utilización de obras o inmuebles
1. Cómo iniciar el trámite:
Si el trámite debe ser declaración responsable:
- Presencialmente, o por Sede Electrónica cuando lo presenta un tercero en nombre del titular (es necesario rellenar y firmar los impresos que correspondan): Obtener impreso.
Si el trámite debe ser licencia urbanística
Vía sede electrónica: elegir trámite en el apartado Ocupación o Utilización de edificaciones e instalaciones. Enlace
Presencialmente, o por Sede Electrónica cuando lo presenta un tercero en nombre del titular (no existe impreso específico).
¿Declaración responsable o licencia urbanística?
1. Se requiere declaración responsable (DR) en la mayor parte de los casos, que son estos:
OCUPACIÓN O UTILIZACIÓN DE EDIFICACIONES AMPARADAS EN LICENCIA O DR DE OBRAS:
- Siempre que se encuentren terminadas y ajustadas a estas y su destino sea conforme a la normativa de aplicación.
OCUPACIÓN O UTILIZACIÓN DE EDIFICACIONES EXISTENTES ("sin obra previa", es decir, no amparadas en licencia o DR de obras reciente):
- Ocupación y utilización en edificaciones existentes que sean conformes con la ordenación vigente o se encuentren en situación legal de fuera de ordenación, situadas en suelo urbano no sometido a actuaciones de transformación urbanística, siempre que no hayan sido objeto de obras posteriores realizadas sin licencia o presupuesto habilitante.
- No cabe presentar DR de ocupación o utilización de una edificación existente sin antes haber obtenido su legalización (artículo 293.1.e del Reglamento General de la LISTA).
- Puede consultar el apartado III.7, Regularización de edificaciones irregulares.
CAMBIOS DE USO:
- Los cambios de uso en edificaciones, o parte de ellas que sean conformes con la ordenación territorial y urbanística o se encuentren en situación legal de fuera de ordenación, situadas en suelo urbano no sometido a actuaciones de transformación urbanística, siempre que no incrementen el número de viviendas y el uso a implantar se encuentre dentro de los permitidos por dicha ordenación.
2. ¿En qué casos no procede la DR y debe tramitarse licencia urbanística?
En los casos del art. 291.f. del RGLISTA: "La ocupación y la utilización de las edificaciones o instalaciones existentes, así como la modificación de su uso total o parcial, ubicadas en suelo rústico o en suelo urbano sometido a actuación de transformación urbanística, conforme a lo dispuesto en la Ley y en el Reglamento".
En cualquier caso, la edificación debe constar legalizada. Puede consultar el apartado III.7, Regularización de edificaciones irregulares.
2. ¿Para qué sirve este trámite?
Este trámite debe usarse para la ocupación (para el uso residencial), la utilización (para cualquier otro uso), o el cambio de uso (cuando no se exija Apertura), de una edificación o instalación, o parte de las mismas.
Estos actos urbanísticos (art. 290.1.d. del Reglamento General de la LISTA) están sujetos a control municipal para comprobar que el uso previsto para un edificio, o parte de éste, es conforme a la normativa y a la ordenación territorial y urbanística de aplicación.
Cuando se trate de edificios para los que haya sido otorgada licencia de obras de nueva construcción, ampliación, modificación, reforma o rehabilitación, o en su caso, presentada la declaración responsable de obras, tendrá por objeto, además, comprobar la adecuación urbanística de las obras ejecutadas al medio de intervención administrativa legalmente exigible.
La ocupación y la utilización son necesarias para obtener suministros de servicios básicos (agua, electricidad) o para realizar inscripciones en el registro de la propiedad, entre otras utilidades. Puede decirse que es el “DNI urbanístico” del edificio o local.
El cambio de uso se utiliza sólo cuando la nueva actividad no requiere Apertura (exigida para todas las actividades económicas y de servicios), ni deba obtener Ocupación o Utilización (por ejemplo, implantar sin obras de entidad una sede de una ONG o una peña cultural, en un local que ya contara con apertura para otra actividad de servicios, o con utilización para un uso terciario).
3. Documentación a presentar:
Consultar en el impreso de declaración responsable: Impreso de Declaración Responsable de Ocupación o Utilización de edificaciones o instalaciones, y cambios de uso.
Consejos para evitar errores habituales con la documentación:
Impreso de declaración responsable:
- Sólo es necesario cuando se realiza presentación presencial, o vía sede electrónica cuando la presentación se realiza con un certificado digital distinto al del promotor.
- Sólo puede firmarlo el promotor o su representante legal (no es válido que lo firme el presentador, ni la ingeniería contratada, etc.).
- Cuando la presentación de la declaración responsable se realiza vía Sede Electrónica con el certificado digital del promotor, el sistema genera y emite al final de la recogida de datos el impreso de declaración responsable correspondiente.
2. Leer y cumplir las condiciones impuestas en la licencia de obras, especialmente las indicadas en el apartado "Al término de las obras", donde se recoge la documentación obligatoria a acompañar a la DRU.
3. Documentación justificativa de las instalaciones ejecutadas o existentes:
- Documentación justificativa de la puesta en funcionamiento de las instalaciones ejecutadas en el inmueble conforme a su normativa reguladora (o del correcto funcionamiento de las instalaciones existentes si se trata de edificaciones existentes "sin obra previa").
- Debe aportarse la documentación emitida por la Consejería en materia de industria (excepto para la fontanería, para lo que debe aportarse el boletín del instalador). Ejemplos: