Autorización municipal previa: Ayuntamiento de Jerez - Página oficial

Saltar al contenido principal

Autorización municipal previa

Debe exigirse la tramitación y obtención de una Autorización Municipal con carácter previo al ejercicio de aquellas actividades con impacto en la salud o seguridad públicas, el medioambiente o el patrimonio histórico–artístico, o cuando requieran un uso privativo y ocupación del dominio público.Es el caso de las actividades sanitarias, asistenciales o docentes, que requieren una resolución previa de la Administración competente; o de actividades con obras que requieran proyecto según la Ley de Ordenación de la Edificación; o de actividades sometidas a instrumentos de prevención ambiental según la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. (Se excluyen aquellas actividades calificadas que  se recojan en el anexo del nomenclátor del Decreto 78/2002 de 26 de febrero (modificado por el Decreto 247/2011), y anexo de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre (modificado por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre en su disposición final séptima).También se incluyen en este supuesto aquellos establecimientos que no hayan obtenido aún licencia de utilización por obras que requieran proyecto. En este caso, se podrán tramitar de manera simultánea las licencias de utilización y de Autorización Municipal Previa.

Cada caso concreto debe poder incluirse en alguno de estos tres apartados:

  • Actividades de servicios sometidas a una RESOLUCIÓN PREVIA Y PRECEPTIVA DE OTRO ORGANISMO concurrente (actividades sanitarias, asistenciales, docentes...).

    Documentación obligatoria:
    1. Impreso normalizado de solicitud, que incluya:
      • Código y descripción de la actividad a desarrollar, según la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) actualizada.
      • Emplazamiento concreto del establecimiento de la actividad de servicio.
      • Identificación de licencia de primera utilización de la adaptación del establecimiento, o de la obra de nueva planta, o de la licencia de apertura anterior, en su caso.
    2. Copia de la Resolución preceptiva de "autorización de funcionamiento" emitida por el organismo concurrente.
       
  • Actividades de servicios sometidos a cualquier instrumento de prevención ambiental regulado por la Ley 7/2007, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (GICA) (modificada por Decreto-Ley 5/2014, de 22 de abril, de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para las empresas, listado de actividades en su Anexo III), salvo las incluidas en Comunicación Previa.Si para la realización de la actividad a implantar es necesario obras de acondicionamiento que requieran proyecto, deberá solicitar y obtener previamente la licencia de obras correspondiente.  

    - Actividades que cuenten con resolución favorable del instrumento de prevención:  
    1. Impreso normalizado de solicitud.
    2. Para actividades sujetas a calificación ambiental:
      • Memoria ambiental, suscrita por técnico competente, según Art. 9 del Decreto 297/1995, de 19 de diciembre.
    3. Para actividades sujetas a autorización ambiental unificada (AAU) o autorización ambiental integrada (AAI):
      • Resolución favorable de la Consejería con competencias en la materia e informe favorable de puesta en marcha de la misma.
    4. Certificado técnico, justificando el cumplimiento de normativa obligatoria e incluyendo plano de distribución del local a escala 1:50, especificando usos y superficies de cada zona, en caso de cambio de uso característico del local (sólo si supone cambio de uso característico y no requiere obras de adaptación).
       

Documentación:

- Actividades que no cuenten con resolución favorable del instrumento de intervención (y siempre que no requieran obras de acondicionamiento que precisen proyecto técnico).

Documentación:

  1. Impreso normalizado de solicitud.
  2. PARA ACTIVIDADES SUJETAS A CALIFICACIÓN AMBIENTAL (C.A): Certificado técnico visado de cumplimiento de las condiciones ambientales impuestas en resolución de C.A. en el instrumento de prevención, que se acompañará en su caso de las mediciones y comprobaciones requeridas (ensayo ruidos, autorización de vertidos, contrato retirada residuos industriales, etc.).
  3. Para actividades sujetas a autorización ambiental unificada (AAU) o autorización ambiental integrada (AAI): Informe favorable de puesta en marcha de la Consejería competente en la materia.

Para actividades profesionales que se pretendan implantar en plantas de piso de edificios residenciales que no conlleven presencia de público y admitidas por el PGOU vigente, deberá presentarse una Declaración responsable de compatibilidad de actividades profesionales en plantas de piso de edificios de viviendas, acompañado por un certificado técnico de cumplimiento de normativa de aplicación cuando se ocupe la totalidad de una vivienda, debido al cambio de uso característico.

  • Actividades de servicios inocuas que no han obtenido aún licencia de utilización por obras que requieren proyecto.

    Documentación obligatoria:
    1. Impreso normalizado de solicitud, que incluya:
      • Código y descripción de la actividad a desarrollar, según la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) actualizada.
      • Emplazamiento concreto del establecimiento de la actividad de servicio.
      • Identificación de licencia de primera utilización de la adaptación del establecimiento, o de la obra de nueva planta.

       

top